| Tribunal Calificador de la Concurso Oposición Plazas Pediatría y Puericultura en EAP del IB-Salut |
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| Escrito por APapIB |
| Jueves 24 de Diciembre de 2009 11:47 |
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Publicado en el BOIB, núm. 185 EXT., del 21 de diciembre de 2009.
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO Num. 27783
Antecedentes Mediante la Resolución del consejero de Salud y Consumo de 5 de octu- bre de 2009 —publicada en el BOIB núm. 149, de 13 de octubre de 2009— se convocó un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica especialista en pediatría/puericultura en EAP dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Fundamentos de derecho 1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud. 2. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público. 3. El Real decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en vir- tud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003. 4. La base 5.3 de la convocatoria indicada. Por todo ello, dicto la siguiente, Resolución 1. Se designan los miembros del Tribunal calificador del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica especialista en pediatría/puericultura en EAP del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con- vocado mediante la Resolución de 5 de octubre de 2009 (BOIB núm. 149, de 13 de octubre de 2009). 2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Interposición de recursos Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artí- culos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídi- co de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente inter- poner. Palma, 10 de diciembre de 2009 Por delegación del consejero de Salud y Consumo (BOIB núm. 48/2008) Anexo Tribunal calificador Presidente/presidenta Vocal primera Vocal segundo/segunda Vocal tercera Vocal cuarto/cuarta Vocal quinto/quinta Vocal sexto/sexta
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